BONIFICACION GASOLEO PROFESIONAL
BONIFICACION GASOLEO PROFESIONAL
DEVOLUCION DEL IMPUESTO SOBRE HIDROCARBUROS POR EL USO PROFESIONAL DEL GASOLEO. Información y trámites para devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos por uso profesional del gasóleo.
El artículo 52 bis de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, regula la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos por el gasóleo de uso profesional. El procedimiento para la práctica de la devolución se desarrolla en la Orden HFP/941/2022, de 3 de octubre, por la que se establece el procedimiento para la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos por el gasóleo de uso profesional y por la que se modifica la Orden EHA/993/2010, de 21 de abril, por la que se establece el procedimiento para la devolución parcial de las cuotas del Impuesto sobre Hidrocarburos soportadas por los agricultores y ganaderos.
¿Quién puede solicitar la devolucion sobre el impuesto de hidrocarburos?
Tienes derecho a la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos por el gasóleo de uso profesional si eres titular de los vehículos siguientes y cumples los requisitos indicados:
- Vehículos de motor o conjuntos de vehículos acoplados destinados exclusivamente al transporte de mercancías por carretera, por cuenta ajena o por cuenta propia, y con peso máximo autorizado igual o superior a 7,5 toneladas.
- Vehículos de motor destinados al transporte de pasajeros, regular u ocasional, incluidos en las categorías M2 o M3 de las establecidas en la Directiva 70/156/CEE del Consejo, de 6 de febrero de 1970.
- Taxis destinados al servicio público de viajeros bajo licencia municipal y provistos de aparato taxímetro.
Especial Bonificación Carburantes 20 céntimos: RDL 6/2022 y RDL 20/2022. Toda la información relevante sobre la bonificación a carburantes de 20 céntimos aprobada por el gobierno en el Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, publicado en el BOE y actualizado en el Real Decreto-ley 20/2022 de 27 de diciembre.
El procedimiento para solicitar y obtener la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos por el uso del gasóleo profesional se establece en la Orden HFP/941/2022, de 3 de octubre.
Inscripción en el censo de beneficiarios y vehículos
Si eres titular de un vehículo con derecho a esta devolución, debes inscribirte en el censo de beneficiarios de devoluciones por gasóleo profesional y de vehículos de su titularidad, con carácter previo a los consumos de gasóleo profesional. La inscripción se realiza cumplimentando la solicitud disponible en la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en la que debes reflejar los siguientes datos:
- Número de identificación fiscal (NIF) y nombre o razón social y domicilio fiscal del solicitante.
- Descripción de la actividad económica del solicitante y fecha de inicio de esta actividad.
- Código de la cuenta bancaria, formato IBAN y, en su caso código SWIFT, a la que se efectuarán las transferencias de las devoluciones.
- Dirección de correo electrónico del solicitante.
- En caso de actuar mediante representante, NIF y nombre o razón social del representante fiscal del solicitante.
- Los siguientes datos, por cada uno de los vehículos en los que se consuma gasóleo profesional
Formas de declarar el descuento del combustible ante Hacienda
En el caso de los consumidores finales, la nota aclaratoria del ICAC señala dos posibles opciones para su contabilización: una, contabilizar la bonificación como una subvención de explotación llevando su saldo a pérdidas y ganancias, o dos, atendiendo al principio de importancia relativa, como descuento que minora el gasto del suministro.
Hay que tener en cuenta que, al estar en vigor dicha medida desde el pasado 1 de abril, su contabilización y posterior tributación debe hacerse durante este mes de julio, al corresponder al período fiscal del segundo trimestre del año.
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